• Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANGEL ANTONIO BLASCO PELLICER
  • Nº Recurso: 477/2022
  • Fecha: 07/05/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El beneficiario solicitó prestación a favor de familiares tras la muerte de su padre y de su madre que fue denegada por el INSS por no reunir los requisitos del art.226 LGSS. El JS estimó su demanda y reconoció la prestación por razones humanitarias. El TSJ revocó la sentencia. El actor presenta casación unificadora. La cuestión a resolver es determinar si el rescate de un plan de pensiones puede considerarse como renta o ingreso computables a los efectos de determinar el nivel de rentas para causar derecho a una prestación en favor de familiares, cuando el importe se dedicó a la atención de la madre del causante en situación de dependencia. Se aprecia falta de contradicción por no concurrir identidad sustancial en los hechos declarados probados entre las dos resoluciones; así como falta de cita y fundamentación de la infracción legal en un asunto jurídicamente complejo. Desestima.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: CONCEPCION ROSARIO URESTE GARCIA
  • Nº Recurso: 1675/2023
  • Fecha: 05/05/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Prestación por nacimiento y cuidado de menor: derecho de las madres en supuestos de familias monoparentales a incrementar el periodo de disfrute de la prestación por nacimiento de hijo con la prestación por nacimiento que hubiera correspondido al otro progenitor. El juzgado estima la demanda y le reconoce 10 semanas más, la Sala de Suplicación, la confirma. Recurre el INSS en casación unificadora, y se desestima el recurso en aplicación de la STC 140/2024.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: CONCEPCION ROSARIO URESTE GARCIA
  • Nº Recurso: 2785/2023
  • Fecha: 05/05/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: En una familia monoparental se reconoce el derecho de la única progenitora a la prestación por nacimiento y cuidado de menor incrementada en diez semanas adicionales que corresponderían al otro progenitor. Reitera doctrina establecida en STC 140/2024, de 6 de noviembre, y en las STS de pleno de 2025, 118/2025, de 19 de febrero (rcud 878/2022) y 21121/2025 de 21 de febrero (rcud 1562/2023).
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: CONCEPCION ROSARIO URESTE GARCIA
  • Nº Recurso: 2774/2023
  • Fecha: 05/05/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La sentencia del Tribunal Supremo de 5 de mayo de 2025 resuelve un recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por el INSS contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Aragón que reconoció a una madre de familia monoparental el derecho a disfrutar de diez semanas adicionales de prestación por nacimiento y cuidado de hijo. La demandante, afiliada al Régimen General, solicitó esta ampliación tras agotar las 16 semanas inicialmente reconocidas, solicitud que fue desestimada por el INSS. Tanto el Juzgado de lo Social como el TSJ de Aragón estimaron parcialmente su demanda, aunque este último redujo la ampliación a diez semanas. El INSS recurrió en casación argumentando la inaplicación del artículo 178 LGSS en relación con el 48.4 del ET, y aportó como sentencia de contraste una resolución del TSJ de la Comunidad Valenciana que había denegado un derecho similar en un caso análogo. El Tribunal Supremo confirmó la existencia de contradicción entre ambas resoluciones, pero desestimó el recurso del INSS. Lo hizo apoyándose en el cambio jurisprudencial derivado de la STC 140/2024, que declaró inconstitucionales por omisión los artículos 48.4 ET y 177 LGSS al no contemplar una ampliación del permiso por nacimiento en los supuestos de familias monoparentales, por considerar que ello genera una discriminación contraria al artículo 14 CE. En consecuencia, el Supremo aplica la nueva doctrina constitucional y confirma la sentencia recurrida, reconociendo que en estos casos debe añadirse al permiso de la madre las diez semanas que corresponderían al otro progenitor.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: CONCEPCION ROSARIO URESTE GARCIA
  • Nº Recurso: 3018/2023
  • Fecha: 05/05/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El INSS interpone casación unificadora con el objeto de determinar si procede reconocer el derecho de las madres, en supuestos de familias monoparentales, a incrementar el periodo de disfrute de la prestación por nacimiento de hijo con la prestación por nacimiento que hubiera correspondido al otro progenitor. La Sala expone que tras la STC 140/2024, de 6 de noviembre, que declaró la inconstitucionalidad de los art. 48.4 ET y 177 LGSS, se ha visto obligada a sentar nueva doctrina en esta materia que recoge la STS IV (Pleno) 118/2025, de 19 de febrero (rcud 878/2022) y cuyos razonamientos sigue. La nueva doctrina determina reconocer al único progenitor de la familia monoparental el derecho a la adición de diez semanas del permiso que correspondería al otro progenitor, al excluirse las seis primeras, que deben disfrutarse de forma ininterrumpida e inmediatamente posterior al parto. Se estima parcialmente el recurso interpuesto por el INSS y la TGSS. Reitera doctrina.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JUAN MOLINS GARCIA-ATANCE
  • Nº Recurso: 561/2023
  • Fecha: 05/05/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Recurso de suplicación: falta de competencia funcional por razón de cuantía. Reclamación de diferencias de base reguladora que no superan los 3000 euros, pero como la cuestión que se discute es la relativa a la integración de las lagunas de cotización de los trabajadores a tiempo parcial que solicitan una pensión contributiva. Esos litigios afectan a un gran número de beneficiarios de la Seguridad Social y, por ello, se declara que concurre la afectación general del art. 191.3.b) de la LRJS.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANTONIO VICENTE SEMPERE NAVARRO
  • Nº Recurso: 99/2024
  • Fecha: 24/04/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se estima la demanda de revisión interpuesta por la demandante y que tiene su origen en la planteada contra el INSS sobre pensión de viudedad, lo que supone la anulación de las tres resoluciones judiciales dictadas con devolución de las actuaciones al Juzgado de lo Social . Dicha demanda tiene su fundamento en la STEDH 20 julio 2023 (Del Pino Ortiz y otros contra España) que declaró vulnerado el derecho de propiedad (art. 1 del Protocolo nº 1 al CEDH). En el caso, se trata de una residente en Cataluña que solicita pensión de viudedad, habiendo fallecido su pareja semanas después de la STC 140/2014 - declarando inconstitucional y nulo el párrafo quinto del art. 174.3 LGSS por vulneración del art. 14 CE- y antes de que transcurran dos años; se le denegó por no haber llegado a formalizar la constitución de la pareja de hecho e incumplir, por tanto, su acreditación durante al menos dos años. La Sala IV reitera doctrina, que lleva a declarar que se cumplen los requisitos exigidos en el art 510.2 LEC: La resolución cuya revisión se solicita motivó una demanda ante el TEDH, puesto la actora se ha quejado de que le exigieran cumplir con un requisito (dos años de inscripción como pareja de hecho) que no se exigía para quienes residían en Cataluña antes de la sentencia constitucional y sin que hubiera transcurrido el lapso necesario para cumplirlo (dos años); el TJDH ha declarado la violación de los derechos; persisten los efectos de la violación apreciada y no se observan perjuicios a terceros.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: IGNACIO GARCIA-PERROTE ESCARTIN
  • Nº Recurso: 925/2023
  • Fecha: 24/04/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Rectificando anterior doctrina, las sentencias del Pleno de la Sala IV 199/2023, de 16 de marzo (rcud 3980/2019), y 200/2023, de 16 de marzo (rcud 1766/2020), han sentado el criterio de que, para declarar la situación de gran invalidez por ceguera, debe aplicarse la tesis "subjetiva" y no la "objetiva", considerando que el reconocimiento de la pensión depende de las circunstancias del caso concreto. Una misma enfermedad puede producir efectos muy diferentes de unos a otros individuos, en función de cuáles sean sus factores personales, tanto los psíquicos como los físicos. Lógicamente, la doctrina "subjetiva" debe aplicarse también en el presente caso, lo que inevitablemente conduce a la estimación del recurso y a la casación y anulación de la sentencia recurrida.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANTONIO VICENTE SEMPERE NAVARRO
  • Nº Recurso: 32/2024
  • Fecha: 23/04/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Procede anular la STSJ de Cataluña que denegó la pensión de viudedad solicitada por no haberse formalizado la pareja de hecho con una antelación de dos años al fallecimiento del causante, al haberse dictado STEDH de 20 julio 2023 que declaró vulnerado el derecho de propiedad. El fallecido era residente en Cataluña y murió después de la STC 140/2014, que declaró inconstitucional el párrafo 5º del art. 174.3 LGSS que se remitía al derecho civil propio de las CCAA en cuanto a la consideración y acreditación de la pareja de hecho, aplicando la declaración de inconstitucionalidad y nulidad en relación con los supuestos donde aún no hubiese recaído una resolución firme. La estimación de la demanda de revisión conlleva la devolución de los autos al TSJ para que adopte las decisiones que considere apropiadas para ajustarlas a la STEDH.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANTONIO VICENTE SEMPERE NAVARRO
  • Nº Recurso: 4742/2023
  • Fecha: 22/04/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Por el SEPE se plantea si el periodo de percepción de prestaciones de desempleo como consecuencia de la suspensión del contrato de trabajo por un ERTE-Covid debe computarse como cotizado a efectos de percibir una nueva prestación de desempleo. La Sala IV estima el recurso, reiterando que no hay derecho a generar prestación durante el tiempo que el actor estuvo en situación de fuerza mayor COVID, por lo que el periodo por desempleo por causa de un ERTE-Covid no se puede considerar como periodo de ocupación cotizada a efectos del reconocimiento de un nuevo derecho a la prestación. Señala en interpretación del art. 269 LGSS que no pueden tenerse en cuenta cotizaciones ya computadas para el reconocimiento de un derecho anterior ni computar las del SEPE o empresa durante el tiempo de abono de la prestación. La normativa especial COVID-19 no introduce una nueva regla de la que pudiere derivarse que esa clase desempleo genere más beneficios que los previstos con carácter general, ni pretende generar un derecho distinto y más extenso que el contemplado en la LGSS, sino mantener para el trabajador el mismo estatuto jurídico reconocido en la normativa ordinaria, pese a la inexistencia de cotizaciones empresariales en el periodo de prestación de desempleo COVID. Además, los principios en los que se sustenta la prestación de desempleo establecen que tan solo el efectivo desempeño de servicios laborales durante un determinado periodo temporal puede generar el correlativo derecho a la prestación.

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